Tribunales resuelven último amparo y ratifican legalidad plena del rectorado de Martín Aguilar en la UV

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Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito con sede en Boca del Río, determinó la legalidad plena de la decisión de la Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana, que prorrogó el mandato del doctor Martín Aguiar Sánchez al frente de la Universidad Veracruzana para el periodo 2025-2029.

De esta manera, el tribunal colegiado resolvió por unanimidad el recurso de queja 370/2025, derivado del juicio de amparo 646/2025 tramitado ante el Juzgado Décimo Octavo de Distrito en Xalapa, confirmando la autonomía universitaria y dando por concluida la vía judicial contra la decisión de la Junta de Gobierno.

Con esto, el debate jurídico en torno a la prórroga del rector de la Universidad Veracruzana llega a su fin.

La resolución fue clara: la Junta de Gobierno no tiene el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo cuando ejerce sus facultades en el marco de la autonomía universitaria. En consecuencia, la admisión de la demanda promovida por Carlos Welsh Rodríguez fue considerada improcedente.

Con este fallo, se confirma el desechamiento de los nueve juicios de amparo promovidos contra la decisión de prorrogar en el cargo al doctor Martín Aguilar Sánchez. Las demandas habían sido interpuestas por Jorge Manzo Denes (tres), Marisol Luna Leal (dos), Rafael Vela Martínez, José Luis Cuevas Gayosso, Héctor Francisco Coronel Brizio y Carlos Welsh Rodríguez.

Autonomía universitaria: fundamento constitucional relevante

El eje central de las resoluciones judiciales es el reconocimiento de la autonomía universitaria y la facultad de autogobernarse, establecido en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este principio otorga a las universidades públicas la facultad de gobernarse a sí mismas, lo que incluye la designación y, en su caso, la prórroga de quien ocupe la rectoría.

Los magistrados reiteraron que este tipo de decisiones forman parte de la esfera interna de autogobierno de la institución y, por tanto, no constituyen actos de autoridad susceptibles de impugnarse mediante juicio de amparo.

En términos jurídicos, la decisión es sólida: si la Constitución reconoce la autonomía como garantía institucional, las determinaciones adoptadas dentro de ese ámbito no pueden someterse al escrutinio constitucional propio de los actos de autoridad tradicionales.

Prórroga con el mismo alcance que una designación

En una resolución previa, el propio Tribunal Colegiado había establecido un criterio relevante: la prórroga del rector tiene la misma naturaleza jurídica que su designación original, es decir, implica la continuidad en el cargo por un periodo equivalente a cuatro años más, dentro del marco competencial que la Constitución otorga a las universidades públicas autónomas.

No se trata, por tanto, de una figura extraordinaria o irregular, sino de una decisión adoptada dentro de las atribuciones expresamente reconocidas a la Junta de Gobierno.

Legalidad y legitimidad institucional

Pese a que el académico Carlos Welsh Rodríguez, a través de su abogdo patrono intentó que el asunto fuera atraido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la mayoría de los Ministros determinó que no era un caso relevante de ser analizado por ellos y regresó el asunto al Primer Tribunal Colegiado de Circuito de Veracruz.

Con la resolución de este jueves no solo se confirma la legalidad del procedimiento seguido por la Junta de Gobierno, sino también la legitimidad institucional de su decisión.

Legalidad, porque el Poder Judicial determinó que el acto se encuentra protegido por la autonomía constitucional y fuera del alcance del juicio de amparo y legitimidad, porque la prórroga se equipara jurídicamente a una designación y forma parte del diseño institucional previsto para garantizar estabilidad, continuidad académica y gobernabilidad en la máxima casa de estudios de Veracruz.

Así, el capítulo judicial queda cerrado. La autonomía universitaria no solo fue invocada: fue reconocida y reafirmada por los tribunales federales.

En el terreno jurídico, la discusión ha concluido. En el institucional, la Universidad Veracruzana continúa su curso bajo el principio que la Constitución le garantiza: el de gobernarse a sí misma.