En el cierre del periodo de sesiones ordinarias, la Cámara de Diputados aprobó una reforma para tipificar como delito a la intimidad sexual el uso de inteligencia artificial para generar, simular o editar imágenes que se presenten de manera realista como si fueran de contenido íntimo.
La reforma al Código Penal Federal se requería para actualizar el tipo penal “frente a los avances tecnológicos que permiten la generación y manipulación de contenido íntimo mediante herramientas de inteligencia artificial”, que generan en las víctimas “trauma sicológico muy severo y daño a su reputación”, explicaron legisladores.
Cada vez hay más niñas y adolescentes que son víctimas de la creación y difusión de contenido íntimo falso o manipulado mediante tecnologías digitales que, si bien es simulado, generan daño real, profundo y devastador, expresó en tribuna Juan Luis Carrillo Soberanis (PVEM).
Recordó que estudiantes de escuelas públicas han manipulado imágenes de sus compañeras con fines sexuales, incluso para su venta en plataformas digitales, práctica que se ha repetido en distintos estados, lo cual refleja “un patrón preocupante de agresiones digitales contra niñas y adolescentes, que vulneran su dignidad, seguridad y derecho a una vida libre de violencia”.
APRUEBAN PAQUETE DE 11
DICTÁMENES ‘DE CONSENSO’
Ayer, el pleno aprobó un paquete de 11 dictámenes más “de consenso”, pero la última sesión –que dio paso a la Comisión Permanente– fue tan relajada, que el diputado Armando Fernández Samaniego (Morena) no atendió el debate y se dedicó a hacer dominadas con un balón al pie de la tribuna.
Entre las votaciones, la Cámara se allanó a las modificaciones que realizó el Senado en la reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
La reforma avalada originalmente por el Senado preveía que la autoridad fiscal podía impugnar las resoluciones de la sala superior del Tribunal Superior de Justicia Administrativa cuando el monto del litigio excediera el equivalente a 27 mil veces la unidad de medida y actualización (UMA).
La Cámara elevó ese monto a 270 mil veces la UMA, pero el Senado rechazó ese cambio, porque implicaba pasar de 3.1 millones de pesos a más de 31 millones, lo que dificultaba la posibilidad de impugnación.
Emilio Suárez Licona (PRI) explicó que, con el cambio de la Cámara, se reducía sustancialmente la cantidad de impugnaciones que la autoridad podía presentar contra resoluciones favorables al contribuyente, pero al aceptar las correcciones del Senado, se “amplían las ventajas para la autoridad”.
Las pequeñas y medianas empresas serán las principales afectadas porque no podrán sostener largos litigios contra el Servicio de Administración Tributaria, concluyó.
Con información del diario LA JORNADA



